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Construcción y Ley: Expertos en Derecho de la Construcción
NOTA INFORMATIVA
Karina García Velasco
Febrero 2026
Con el objetivo de dar visibilidad a las tendencias regulatorias y tecnológicas en materia de identificación, identidad digital y validación de actos en México, se informa lo siguiente:
Actualmente, la CURP Biométrica se encuentra en un proceso de implementación progresiva a nivel nacional, tanto para ciudadanos mexicanos como para extranjeros residentes. Este esquema se está incorporando gradualmente en determinados trámites y entidades, como parte de la evolución de los mecanismos oficiales de identificación.
De acuerdo con los lineamientos y políticas públicas vigentes, la tendencia regulatoria apunta a que la CURP Biométrica se consolide, a mediano y largo plazo, como documento de identificación oficial, incluyendo su utilización para representantes legales, así como para procesos de validación y acreditación de actos ante autoridades fiscales, laborales y de seguridad social, tales como el SAT, IMSS, INFONAVIT y la STPS.
Este proceso se encuentra estrechamente vinculado con el uso de la e.firma (FIEL) como medio válido para la firma de contratos, actos jurídicos y trámites oficiales. Cabe destacar que actualmente autoridades como el IMSS y la STPS ya utilizan la e.firma para la realización de trámites electrónicos, vinculando dicha firma con la CURP del representante legal, a efecto de acreditar identidad, personalidad y facultades de representación.
En paralelo, la tendencia general es que los procesos administrativos, contractuales y de cumplimiento se realicen de forma cada vez más digital, fortaleciendo los mecanismos de autenticidad, trazabilidad y control de la información.
En materia laboral y de control de mano de obra, actualmente los patrones solicitan de forma ordinaria datos como nombre completo, Número de Seguridad Social (NSS) y CURP del personal. La evolución de estos esquemas apunta a que la CURP Biométrica se integre como un elemento adicional de identificación y validación en los registros de trabajadores, tanto propios como de terceros.
Adicionalmente, esta tendencia guarda relación con los mecanismos de verificación y control derivados del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), en términos de lo dispuesto en los artículos 15, 15-A, 15-D y 15-D Bis de la Ley Federal del Trabajo, así como en las disposiciones administrativas emitidas por la STPS, que obligan a acreditar la identidad, personalidad jurídica y cumplimiento laboral, fiscal y de seguridad social de las empresas registradas y de su personal.
En este contexto, el fortalecimiento de los sistemas de identificación —incluida la CURP Biométrica— se perfila como un elemento que podría coadyuvar a la validación de información laboral y de personal utilizada en procesos de supervisión, inspección y cruce de datos por parte de las autoridades, particularmente en sectores intensivos en mano de obra como la industria de la construcción.
Si bien actualmente no existe una obligación generalizada a nivel nacional que exija la CURP Biométrica como requisito expreso para todos los trámites o para el REPSE, se considera relevante dar seguimiento a su evolución, dada la tendencia a una mayor integración de bases de datos, digitalización de procesos y reforzamiento de los mecanismos de control y cumplimiento regulatorio.
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